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Categoría: *Artículos de interés

Entrevista a Raúl Mercado – Radio Patrimonios

por helike

Biografia: Músico, autor, compositor e intérprete, nacido en La Rioja, Argentina.

En 1960 forma parte del prestigioso grupo “LOS ANDARIEGOS”, que haciendo honor a su nombre recorrieron América, Europa y Japón.

En 1978, amenazado por la dictadura militar, abandona el País, iniciando su carrera de solista, compartiendo los grandes escenarios del mundo (Festival de NEW PORT, CARNEGIE HALL, HOLLYWOOD PALADIUM, FESTIVAL DE MONTREUX, CASINO DE PARIS, PALAIS DE CONGRES, TEATRO OLYMPIA DE PARIS, etc.), junto a grandes artistas como: Gato Barbieri, Mercedes Sosa, Ariel Ramírez, Dino Saluzzi, Jairo, Miguel Ángel Estrella, Juan José Mosalini, etc.

Radicado en Francia desde 1979, compone la partición de la comedia musical “TUPAC TOSCO” representada en Paris, Avignon, Marseille, Liege.

Crea las cantatas “EL SERMÓN DE LA MONTAÑA”; “DE MI PAÍS” (Con Ángel Ritro); “DE LOS LIBERTADORES (con textos de Pablo Neruda), para solistas, coro y acompañamiento instrumental, representada en Francia junto a los Coros “ARPEGE” de Bordeaux, “ORATORIO DE AGEN” y “ARPEGIONNE”, de Gagny.

Junto al “CUARTETO DOS MUNDOS” (Miguel Ángel Estrella, Omar Espinosa y Hubert Tissier), dan conciertos en Europa, África del Norte y América, haciendo compartir la pasión de la música ‘mestiza’, las llamadas “clásicas” o “tradicionales”

Compone la música del espectáculo ”LAS ALTURAS DEL MACHU-PICHU”, de Pablo NERUDA, con la participación de Armand DREYFUS y Véronique ESTEL, representada en varios teatros de la Región Parisina.

En Marzo y Abril del 2001 se reagrupan nuevamente, luego de 22 años de separación, LOS ANDARIEGOS, con sus antiguos colegas Ángel Ritro y Agustín Gómez, junto a Leonardo Sánchez y Gilberto Piedras. Con ALBERTO CORTEZ, realizan una gira por España, Francia y Argentina, finalizando en el Teatro OLYMPIA, de Paris, el 30 de Abril 2001.

“La musique de Raul MERCADO est sensible et colorée et reste attachée à ses racines tout en trouvant des harmonies et des rythmes nouveaux” (René Sirvin, Le Figaro).

“La música de Raúl Mercado es sensible, colorida y conserva las raíces autóctonas, descubriendo armonías y ritmos nuevos”(René Sirvin, Le Figaro).

FUENTE: http://www.raulmercado.110mb.com/biografia.htm

Para leer la entrevista a Raúl Mercado, realizada por Radio Patrimonios, pueden hacerlo desde aquí

No al ACTA!

por helike

Texto en castellano (pdf): http://ur1.ca/2d99q

Fuente: http://faces-against-acta.net/es/acta

ACTA es la sigla en ingles de Anti-Counterfeiting Trade  Agreement (acuerdo comercial anti-falsificación). Es un tratado internacional que se pretende implementar durante este año 2010. Viene siendo discutido en secreto desde Octubre del 2007. Se ha filtrado desde funcionarios del gobierno que estan en contra de la inefectiva, inhumana, turbia e ilegal naturaleza de dicho tratado.

Los países afectados por este acuerdo incluyen, pero no se limitan, a:

Australia, Canadá,  U.E., Japón, República de Korea, México, Marruecos, Nueva Zelanda, Singapur, Suiza y EEUU.

El objetivo oficial del acuerdo es la fuerte aplicacion internacional de los derechos de propiedad intelectual. Algunas de nuestras preocupaciones son la vaga y amorfa manera en la que “falsificasión” (1) es utilizada en muchos de los comentarios públicos. Estos usos van desde productos  indiscutiblemente ilegales hasta exprésamente legítimos productos genéricos. Creemos que el ACTA tiene el potencial de limitar la innovación, la libre elección del consumidor y la libertad en Internet debido a sus numerosas restricciones y sus cambios en el ámbito legal sobre derechos de autor.

El ámbito de aplicación de  ACTA incluye productos falsificados, censura en internet y nuevas e irracionales leyes contra las descargas y lo que se dá en llamar “piratería en internet”. ACTA es un acuerdo que sobrepasa muchos precedentes judiciales y jurisprudencia (2) en su propio país que define derechos del consumidor como “uso justo” y podria eliminar algunas limitaciones en la aplicación de las leyes de propiedad intelectual. Esto significa que ACTA podría subrogar(3) alguna legislación en su pais y aplicar castigos mas duros, injustos e ineficaces a personas sospechadas de piratería sin juicio en una corte. Si Ud. fuera meramente sospechoso de escuchar canciones ilegalmente o de subir algún contenido ilegal podria ser castigado dúramente por las leyes de su propio pais.

ACTA tambien asegura que los proveedores de internet sean legalmente responsábles de las descargas de sus propios usuarios. ACTA brinda a las compañias grabadoras más derechos para hacer cumplir el copyright(c) y a los oficiales de la ley el permiso para buscar material protegido por copyright(c) en cualquier dispositivo digital. ¿Ha pagado Ud. por las canciones de su iPod? Bajo esta nueva ley Ud. podria ser rápidamente catalogado como un criminal en la misma categoria de los asesinos y violadores. Tendrá su ficha criminal. Incluso si Ud. no bajara canciones a su iPod sentirá el efecto de millones, o posiblemente billones de dólares de los contribuyentes gastados en perseguir a estos “delincuentes”, dinero que podria ser utilizado para salvar vidas.

Partes del ACTA consideran que cualquier persona acusada de  una infracción de copyright debería “compensar” la pérdida en las ganancias a las discográficas. Piden castigos más severos  para estos delincuentes. Las compañias en cuestion, como UMG(4), facturaron mas de mil millones de dólares durante el 2009 sin embargo la RIAA (Recording Industries   Association of America) recientemente demandó  a una niña de 12 años y a muchas otras personas por sus descargas. Persiguen compensaciones que van hasta ciento cincuenta mil dólares por cancion mp3 ¿Cuánto más lejos pretenden llegar?(5) ¿Hay alguna linea que no cruzarán? ¿te parece increíble? vélo tú mismo

ACTA tiene varias  características que plantean problemas importantes para la privacidad de  los consumidores y las libertades civiles, para la  innovación y el libre flujo de información en Internet, comercio  legítimo, y en la capacidad de los países en desarrollo a elegir las  opciones políticas más acordes con sus prioridades nacionales y el nivel  de desarrollo económico.

Los Proveedores de Internet se  verán obligados a supervisar todas sus actividades en línea e informar  al gobierno sobre cualquier cosa considerada sospechosa. ¿Cómo  van a pagar por esto?. A nosotros, que  nos veremos obligados a pagar mucho más caras las facturas de Internet, y por lo  tanto estarémos financiando la invasión de nuestra privacidad. Y eso no es todo.

ACTA es peligroso porque:

1) Hace más dificil la distribución de software libre. Sin el  intercambio de archivos y las tecnologías P2P como BitTorrent,  distribuir grandes cantidades de software libre se vuelve mucho más  difícil, y más caro. BitTorrent es un protocolo de base que permite que  cada quien pueda contribuir a la distribución legal de software libre.

2) Se hará más  difícil para los usuarios de sistemas operativos libres, como los que  están basados en Linux, reproducir medios audiovisuales. Los consumidores ya no pueden comprar material sin DRM y los materiales bajo DRM no pueden ser reproducidos con software libre.

3) Permite que tus dispositivos te sean quitados por cualquier sospecha de seguridad, para controlarlos sin necesidad de explicación. Los productos que se sospecha que contienen material pirata o que infrinja el  copyright también serán incautados y rastreados. Esto  no es sólo una invasión de la privacidad, tambien puede ser una restricción  general a las personas que lleven dispositivos digitales con ellos. Esto  significa que llevar un iPod o una  computadora portátil a traves de la seguridad aeroportuaria puede costarle horas de su tiempo. Esto  afecta no sólo a los que transporten dispositivos digitales sino que aumenta el tiempo medio de espera en el check-in hasta un 70%, bajo el  supuesto de que uno de cada diez personas, estará siendo rastreado (investigado) por el material que lleva en sus dispositivos digitales.

4) ACTA  requiere que los proveedores de Internet existentes no alojen más  software libre que posibilite la integracion de medios audiovisuales protegidos por copyright. Esto  afectaria a muchos sitios  que ofrecen software libre o que alojan proyectos de software, tales como SourceForge y Download.com. La mayoría del software en nuestros ordenadores es gratuito. ¿Tendremos que pagar el precio de un acuerdo equivocado?

5) Una parte del convenio ACTA pretende que los estados que importen fármacos genéricos sean restringidos y controlados. Esto podría tener  efectos desastrosos que costará vidas, especialmente en los países en  desarrollo. La mayoría de las  empresas farmacéuticas no suministra sus productos de marca a los  países del tercer mundo. Esto es así porque se pueden obtener más beneficios mediante la venta de estos productos a  los países más ricos – donde vivimos(6). La mayoría de los  productos farmacéuticos disponibles en los países del tercer mundo son  importados por personas afectadas y grupos de caridad. Si ACTA se aprueba, estos medicamentos serían confiscados por “razones de seguridad” (a fin  de mantener los actuales monopolios). ¿La gente tendrá  que morir a causa de nuestra pereza actual y falta de voluntad para  actuar en contra de ACTA?.

6) Si se implementa  el ACTA, la privacidad en Internet ya no será la misma. Los Proveedores de  Internet se verán obligados a vigilar los sitios web que Ud. visita, así  como lo que escribe, busca y hace. La gente tiene un  derecho fundamental a la intimidad que este tratado claramente ignora. ¿Está usted dispuesto a pagar este precio?(7)

7) ACTA da a los  gobiernos y a los ISPs el derecho de bloquear sitios web considerados “no  aptos”. No hay pautas claras en cuanto a lo que se considera adecuado o  inadecuado. ¿Ud. cree honestamente que este poder no será utilizado en forma abusiva para obtener beneficios políticos y  económicos?. China ha  utilizado la misma excusa para censurar Internet. Al mismo tiempo,  China ha prohibido hasta ahora facebook.com, youtube.com y blogspot.com.  ¿Se parecen esos sitios a una violanción (asalto) a la seguridad nacional?

8) El presente  Tratado no impedirá la falsificación. Este es un acuerdo ineficaz y ridículo que  sólo perjudicará a la gente común, no al comercio de mercancías falsificadas (piratas). Una vez más, China es un ejemplo. La mayoría de los  sitios web y Peer-to-peer están bloqueados allí. Sin  embargo, China tiene una de las industrias de piratería más florecientes del mundo. ¿Por qué? Debido a que la piratería siempre  encontrará otro medio. Sólo vamos a sufrir nosotros.

No podemos  sentarnos y quedarnos a ver cómo pasa esto. Internet es una enorme fuente de expresión de una auténtica libertad,  donde las ideas y las críticas no son limitadas por los caprichos de otras  personas. Debemos detener esto ahora, antes de que lo aprueben.

Antes que sea demasiado tarde.

Otras páginas con información:
http://www.stopacta.info/
https://www.eff.org/issues/acta/

Tierra de Vientos – Revista sobre los Andes

por helike

Hola compañeros, quiero compartir el siguiente sitio con ustedes.

Es una revista digital sobre “la música de los Andes y los paisajes y gente que la acunan”. En verdad tiene muy buena pinta y buenos contenidos. Me parece una iniciativa muy interesante y espero que se difunda como se merece.

Aquí lo que escribieron:

Estimados amigos,

Os enviamos el link de la recién nacida revista “Tierra de vientos”, una publicación digital, bimestral y bilingüe sobre música y cultura andina. Seguro que encontraréis algo que sea de vuestro agrado…
http://tierradevientos.blogspot.com

Saludos cordiales


El equipo de “Tierra de vientos”

Que la disfruten como yo lo haré!

Saludos!

Qué pasa con la música descatalogada

por helike

Una nota sacada de la página Derecho a leer.

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Fonogramas Huérfanos

El año pasado, en el casi nulo debate que terminó en la aprobación de una Ley que extendio en 20 años las restricciones legales sobre los fonogramas por parte de las discográficas (que se esconden detrás de los intérpretes famosos), y devolviendo al dominio privado obras que ya estaban en el público, circularon por las comisiones algunas peculiares alegorías hacia el Dominio Público tales como: “el páramo” o “la piratería legal” (asi estamos…) pero nada se dijo sobre un problema que la ley agudizaba significativamente, el de las obras descatalogadas.

Persiguiendo el objetivo de mantener una renta privada sobre algunas pocas grabaciones que aún mantienen cierto valor comercial los lobbies de la industria consiguieron que los legisladores aprobaran la ley, pero también dejaron relegadas del Dominio Público una abrumadora mayoría de obras sobre las cuales pesarán las mismas restricciones, pero que sus dueños no están interesados en re-editar, contribuyendo a condenarlas definitivamente al olvido.

En Pagina/12 Diego Fischerman escribe una nota muy contundente sobre el problema:

[...] No cabe mucha duda de que los sellos seguirán editando a Sandro, al Club del Clan y, dentro del tango o el folklore, a Los Chalchaleros, a Troilo, a D’Arienzo y alguno más. Pero, de no haber ninguna ley complementaria que establezca los deberes que esa extensión del derecho debería conllevar, las consecuencias de la ensalzada norma serán la desaparición del mercado de todo aquello que los sellos jamás quisieron reeditar. Sin una reglamentación complementaria, la nueva legislación derivará en la convalidación del derecho de las compañías a no editar determinados discos y en la imposibilidad de obtenerlos por parte de los potenciales interesados. Una somera evaluación de antecedentes revela, por ejemplo, que Universal, actual propietaria de Philips, nunca editó en CD la mayoría de los discos originales de Mercedes Sosa, mantiene fuera de catálogo el segundo volumen de la Historia del Tango por Astor Piazzolla, tiene inédito su Veinte años de vanguardia con sus conjuntos desde hace nada menos que cuarenta y seis años, y jamás publicó el Romance de la muerte de Juan Lavalle, de Eduardo Falú y Ernesto Sabato. EMI nunca editó en CD los discos originales del Sexteto Mayor y relegó las geniales grabaciones de Troilo para Odeón a un disco llamado From Argentina to the World, donde no se consigna absolutamente ninguna información y, para peor, de las 24 piezas registradas por la orquesta entre 1957 y 1959 incluyó, arbitrariamente, sólo 20. El dominio público es el de todos. El que acaba de refrendarse, si no se lo corrige de alguna manera, será el del perro del hortelano.

La nota completa: “Cuestiones sobre el dominio público

Vía Beatriz Busaniche

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Fuente

Nos van a seguir robando la cultura, nomás

por helike

Al final se aprobó la ley que extiende a 70 años los derechos de propiedad intelectual de los fonogramas. Todo esto con el fin de comercializar el patrimonio cultural e impedir su libre acceso al pueblo. Los dejo con una nota sacada de la página Derecho a leer.

Difundan, sobretodo los colegas blogueros.

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El día que los peronistas reprivatizaron la marcha peronista

“La grabé por convicción y por pedido expreso del general Perón, aún sabiendo que sería más recordado por la marchita que por los tangos que he grabado”

Hugo del Carril

En 1949 Hugo del Carril grabó la versión más famosa de la Marcha Peronista. Si bien hay desacuerdos sobre su verdadera autoría, la marcha figura como de autor anónimo. Esta circunstancia, junto con el tiempo transcurrido desde la grabación (50 años), colocan este registro completamente dentro del dominio público desde el año 2000. “Los muchachos peronistas” de Hugo del Carril, podía ser distribuída, difundida y copiada libremente, y por eso la encontramos alojada, en el repositorio multimedia de Wikipedia, que sólo puede albergar obras libres o en dominio público.

Poder indebido

Hace unos meses hubo cierta controversia, con idas y vueltas por tribunales, sobre el uso de la marchita por parte de las distintas corrientes internas del peronismo. El hijo de Hugo del Carril, al parecer ferviente anti-kirchnerista reclamaba su “derecho” a que esa versión de la marcha cantada por su padre, no fuese usada en aquellos actos políticos, que a Huguito no le cayeran simpáticos.

Insólita arbitrariedad, que en su momento comentaban en Vía Libre: “nos aporta una instancia que merece figurar en un manual acerca de por qué los derechos de autor y derechos conexos deben ser estrictamente limitados: el Sr. Hugo del Carril (h) parece estar convencido de que su carácter de heredero del emblemático intérprete de la Marcha Peronista le otorga el derecho de decidir quién es «suficientemente peronista» como para usar esa versión de la marcha, y quién no.

Pero más insólito fue el fallo del juzgado electoral de Servini de Cubría, que si bien autorizó a todos los frentes justicialistas a usar los símbolos de la liturgia peronista, le prohibió al kirchnerismo usar dicha clásica versión de este himno popular, por usufructuar indebidamente de la canción cuyos derechos comerciales están bajo propiedad de su familia (?). Luego, para terminar de undirse en las misteriosas arenas legales de la propiedad intelectual, un terreno evidentemente inexplorado para la mayoría de los jueces y abogados, la jueza manifestó que el PJ podrá utilizar la grabación si paga los derechos ya que se trata de «un tema comercial» (de un disco de 1949??).

El dia de la deslealtad peronista

“La marcha la canta el pueblo”, sostuvo el entonces candidato a diputado Néstor Kirchner. Sin embargo ayer, 25 de noviembre, el kirchnerismo, a instancias del propio ex-presidente, acaba de quitársela al dominio público de ese mismo pueblo que la canta, al aprobar el nefasto proyecto de ley (s3030/09) que reprivatiza por 20 años más los derechos sobre los fonogramas, incluso los que ya son públicos. Entonces habrá que esperar hasta 2020, para que la marchita de Don Hugo, pueda ser libremente apropiada por el pueblo.

Sutiles mecanismos de presión y desinformación ante los legisladores han surtido efecto: la voz de los artistas. Aunque no se aclara nunca, sólo se trata de la reducida elite de intérpretes famosos, (o herederos de intérpretes famosos), que son los pocos que ganan con las regalías y tienen intereses en común con las multinacionales discográficas. Los muchos, los interpretes desconocidos o no tanto, viven de su trabajo, como todos nosotros.

Esta claudicación de los diputados y senadores ante el lobby de las discográficas es una auténtica entrega de un patrimonio popular: muchas de las interpretaciones convertidas en clásicos de las décadas del 40 y 50, de nuevo a la explotación privada.

Sony Music relanza “La voz de la zafra”

Curiosamente, Sony acaba de reeditar el disco debut de Mercedes Sosa, “La voz de la zafra”, aquella grabación amenazada por la tierra de nadie de lo público, mencionada en el proyecto.

Aclaremos que esto no implica que la multinacional Sony no pudiese relanzarlo igual, sólo que con el fonograma en dominio público, algún hipotético sello de la competencia podría hipotéticamente editarlo también, (a partir de alguna vieja copia, porque los masters originales supongo que estarán bien guardados) y rasguñarle algunas marginales monedas del negocio a Sony Music Entertainment.

Tampoco las copias que circulan por las redes P2P dejarán de circular (aunque con la amenaza permanente de convertirnos a todos en Horacio Potel), ni tampoco los herederos de la intérprete serán afectados económicamente (habiendo numerosísimas grabaciones mas recientes para cobrar regalías).

Sin embargo, otros que trabajan voluntariamente en ordenar y poner a disposición pública todas estas obras que pertenecían al patrimonio común, deberán tomarse el trabajo de retirar el material arrebatado al dominio público por la nueva ley, “Primero nos tomamos el trabajo de ponerlos a disposición pública y ahora tendremos que trabajar para retirarlos” decía Patricio Lorente de Wikimedia Argentina, sobre los materiales actualmente subidos a Wikipedia que deberán ser retirados, para evitar las funestas demandas legales.

Adiós al uso libre de la marcha…

Finalmente el kirchnerismo, hace meses víctima de la arbitrariedad de los derechos conexos de los intérpretes —y de insólitas interpretaciones judiciales— termina impulsando y aprobando una ley, que entrega a la explotación privada de las discográficas un patrimonio que ya era público, y nada menos que la Marcha Peronista de Hugo de Carril, por varios años más hasta 2020.

Toda una paradoja peronista…

Fuente: Derecho a leer

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Bueno, no es que me preocupe perder la marcha peronista… pero, se entiende la idea?

¿Nos van a seguir robando la cultura?

por helike

Esta nota está sacada de la página Derecho a leer.

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Veinte Años Robados al Pueblo

¿Quién defiende a los pueblos si sus representantes —y para colmo, los principales referentes en el Senado de los partidos mayoritarios— se confabulan para sostener los intereses de lobbies globalizados, dando la espalda al pueblo, es decir, sus votantes? ¿Dónde quedó la lucha contra los monopolios, amigos del FPV?

“Zambita para que canten
Los humildes de mi pago
Si hay que esperar la esperanza
Mas vale esperar cantando.”

Pues… tendrán que seguir esperando otros 20 años…

La cita anterior es un fragmento “Zamba de los humildes”, interpretada por Mercedes Sosa en “La voz de la zafra”, disco publicado en 1961, y mencionado en los fundamentos de un proyecto de ley que pretende extender en 20 años más las restricciones legales que pesan sobre los fonogramas (grabaciones) en beneficio de las compañías disqueras.

El LP, está incluído según el proyecto, en una insólita lista de obras “seriamente amenazadas” (sic) de entrar al Dominio Público. El caso concreto de este disco, es un ejemplo explícito de cómo se esta legislando directamente al servicio de los intereses comerciales de multinacionales: Sony BMG Music Entertainment lo incluye en su catálogo y lógicamente espera un repunte de ventas, como ocurre cada vez que muere un artista popular.

En efecto, los Senadores Ernesto Sanz (UCR Mendoza), Miguel Ángel Pichetto (FPV, Río Negro), José Pampurro (FPV, Prov. Bs. As.), Pedro Guastavino (FPV, Entre Ríos), Liliana Beatriz Fellner, (FPV, Jujuy), impulsan un Proyecto de Ley (S3030/09) para modificar la Ley Noble 11.723 y extender en 20 años los derechos sobre las interpretaciones o ejecuciones fijadas en fonogramas, leáse: restricciones a la libertad de todos, de poder hacer copias de esas grabaciones, pasarlas de un formato a otro, compartirlas por P2P, etc, en definitiva: cerrar durante dos décadas más la puerta a la auténtica democratización del patrimonio cultural de una sociedad, el Dominio Público.

Confusamente, el proyecto hace referencia en la fundamentación, al plazo correspondiente a los autores —los interminables 70 años después de su muerte— y al plazo de los fonogramas (discográficas), de 50 años, dando a entender que deberían ser equiparados.

Sin embargo estos plazos no guardan ninguna relación entre sí, ya que la ley 11.723 fija para los fonogramas un plazo a partir de la fecha de la publicación, y en cambio, para el monopolio sobre la explotación de la obra otorgado a los autores (si, si, eso a lo que le llaman derecho de autor), fija un plazo a partir del fallecimiento del mismo.

Los “derechos” sobre fonogramas, o las regalías para los intérpretes, son “derechos conexos” es decir, diferentes a los de los autores, por eso los plazos se fijan de diferente manera. La razón es simple: ¿No son suficientes 50 años de monopolio para que la discográfica haga su negocio vendiendo discos? ¿Los intérpretes, además, como cualquiera que vive de su trabajo, no cobran por sus actuaciones? ¿Puedo cobrar regalías, por las casas que construyó mi abuelo albañil, que aún siguen en pie?

Los autores (mejor dicho, los poquísimos autores que pueden llegar a ganar algo con los derechos de autor) o sus herederos, seguirán cobrando regalías por sus obras, aunque los derechos conexos de la discográfica hayan finalizado, por ejemplo a través de las gestoras colectivas, cuando sus obras son interpretadas, o difundidas públicamente, ¿Por qué no piden que las restricciones sobre los fonogramas duren también 70 años, pero después de que haya muerto el último autor o último intérprete que haya intervenido en la grabación? No demos ideas…

A decir verdad, todo el texto del proyecto adolece de una interesada imprecisión para distinguir entre los intereses de las disqueras, autores e intérpretes. Como siempre, los artistas van de pantalla. Ya rebatimos aqui esos argumentos falaces de la propaganda, y sabemos como el 99% de los escritores no viven de los derechos de autor, sepamos también que tampoco, lo hacen el 99% de los músicos e intérpretes (si pensamos en todos, claro).

Ni hablemos de buscar en el texto alguna idea que considere, aunque sea mínimamente, otro interés que no sea el de la industria. Cosas como el Interés Colectivo, o los Bienes Comunes, no pesan en la balanza. La revolución tecnológica de nuestros días abre transformadoras posibilidades de democratización de la cultura, no las desaprovechemos, no se trata como antes de reglas de juego entre actores de la industria, se trata de Derechos Humanos, el derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad. Se trata de pelear por el control de la cultura y el conocimiento, en manos de los pueblos, o en manos de corporaciones multinacionales, o grupos prebendarios: no obedezcamos sumisamente las directivas imperiales que llegan desde las embajadas.

Por el contrario, por la cabeza de nuestros legisladores pasan ideas como (cuesta creer lo que sigue), la “nociva repercusión” (sic) de la caída en dominio público de las obras y como mencionamos al inicio, las numerosas obras fundamentales de nuestra cultura amenazadas de quedar a disposición pública: grabaciones de Aníbal Troilo, Osvaldo Pugliese, Atahualpa Yupanqui, Edmundo Rivero, Horacio Salgan, Osvaldo Fresedo, Alfredo De Angelis,Juan D ̈Arienzo, Carlos Di Sarli o Astor Piazola ¡van a entrar al Dominio Público! ¡serán devueltas a ese oscuro abismo del patrimonio cultural colectivo! ¡Qué horror!

¿Los Derechos del Pueblo no inspiraban muchas de esas obras?, ¿Quién defiende los derechos del pueblo aqui?

Fuente: Derecho a leer

Copyleft, la alternativa radical al Copyright

por helike

Autor: Adolfo Estalella

A contracorriente con los tiempos actuales, los últimos libros publicados por la editorial Traficantes de Sueños tienen impreso en sus primeras páginas una nota donde se dice que “se permite copiar, distribuir, exhibir e interpretar este texto”. En lugar de perseguir a los piratas, los traficantes han decidido animar a sus lectores a copiar los libros con los que se ganan el pan. Más aún, la modesta editorial ha colgado las obras en Internet para que cualquiera las descargue íntegramente sin pagar un duro.

Los volúmenes, con títulos como ‘Software libre para una sociedad libre’ o ‘El gobierno imposible’, pasan inadvertidos entre obras sobre anarquismo, militancia de izquierdas y ensayos sobre Internet que se amontonan en las estanterías rústicas de la librería que Traficantes tiene en Madrid, un local escondido en un primer piso de la calle Hortaleza, cerca de la Gran Vía. Pero esa pequeña leyenda que sustituye al tradicional “está prohibida la reproducción total o parcial de este libro por cualquier medio, bla, bla, bla” pretende ser una carga de profundidad contra las editoriales tradicionales y contra toda la industria de producción cultural (discográficas, productoras de cine, etc.). Al menos este es el desafío que lanzan desde sus trincheras las gentes que se arropan bajo la bandera de lo que llaman copyleft. Una vuelta de tuerca a las leyes de copyright, un juego de palabras que invierte los términos del copyright al sustituir el “prohibido” por el “está permitido”.

El copyleft se ha convertido en un movimiento desorganizado que ha comenzado a cobrar fuerza en los últimos años, que agrupa decenas de pequeñas y grandes iniciativas que plantean una vía alternativa tanto a los derechos de autor como al modelo de producción cultural de nuestra época. Comparten casi todos ellos la idea de que los ciudadanos tienen legítimo derecho a hacer copias de las obras culturales (música, libros o películas) y distribuirlas libremente. “Lo fundamental que persigue el copyleft es que los autores puedan vivir de su trabajo sin restringir el derecho de los lectores a la copia”, explica Amador Fernández, miembro activo del movimiento copyleft. Su editorial, Acuarela, ha comenzado a publicar también sus libros con la autorización expresa de que pueden copiarse y distribuirse libremente.

“Lo que buscamos es ampliar las posibilidades que la sociedad tiene de acceder a la cultura”, dice David Gámez, uno de la decena de jóvenes que fundaron hace siete años Traficantes de Sueños, “pensar que alguien que te fotocopia un libro te resta una venta es un error”, y abunda en su discurso, “para los autores el copyleft es algo tan enriquecedor como conseguir que tu obra esté a disposición de tanta gente como sea posible”, dice, “no se pretende quitarle al autor el dinero de su esfuerzo, sino que se trata de un esfuerzo compartido que es necesario hacer para ampliar el banco de bienes públicos, el dominio público”. Se trata de acabar con la idea que sólo unos pocos son los que cantan, escriben y pintan algo en la cultura, abriendo la puerta a que la gente pueda acceder y participar en la cultura, copiarla y transformarla, y en última instancia, participar en ella como algo más que simples consumidores, dicen desde las filas del copyleft.

Detrás del movimiento, que entronca con otros de oposición a las patentes de los programas de software y biotecnológicas, hay una crítica contra las sociedades de gestión (SGAE, CEDRO, etc.), la extensión progresiva de la leyes de derechos de autor a nivel mundial y el modelo de funcionamiento de la industria cultural.

Desde el punto de vista legal el autor es el dueño y señor sobre su obra y tiene, según la ley, pleno derecho a decidir dónde, cuándo y cómo se publica y distribuye, quién puede hacerlo, etc.. Si quiere dar libertad para que copien y distribuyan sus obras, como ocurre con el copyleft, pueden hacerlo, explica Marta Malmierca, responsable de servicios jurídicos de CEDRO, entidad que gestiona los derechos de los editores y de los escritores (recauda el canon por las fotocopias de libros, por ejemplo). Los usuarios, por su parte, pueden hacer copias de las obras en casos muy contados, para uso personal, y pagando una compensación a los autores en forma de canon que se impone a cada cinta, disco compacto o DVD virgen que se vende, o a cada fotocopia que se hace.

“El copyleft es admisible, siempre y cuando sea el creador quien decida usarlo y no sea algo que se impone desde fuera, que es lo que algunos defensores de este movimiento quieren”, critica Malmierca. “¡Regalen sus libros si ustedes quieren, pero déjenme que yo cobre por los míos!”, sentencia.

Para muchos, como Amador Fernández, “la opción por el copyleft es una fundamentalmente una cuestión política y ética”, aunque está por resolver el dilema de si esto es compatible con los negocios. ¿Es rentable editar un libro del que se pueden hacer copias libremente? Para Amador parece claro, los dos libros que ha publicado como copyleft están entre los tres más vendidos de su editorial.

Otro ejemplo de rentabilidad es el colectivo italiano Wu Ming, también llamado Luther Blisset, formado por cinco jóvenes italianos que realizan sus obras colectivamente y que se ha convertido en uno de los estandartes del movimiento. Su novela Q, un recorrido por los años de la contrarreforma, ha vendido 200.000 copias pese a que puede descargarse en Internet y copiarse libremente. Los Wu Ming lograron que una gran editorial como Mondadori publicara su libro con la mención explícita de que se podía copiar, aunque para los responsables de la editorial esta exigencia no fuera más que un reclamo comercial.

En los ámbitos más diversos de la cultura surgen iniciativas que abrazan este ideario. Proyectos modestos que destacan sin embargo por lo radical de su propuesta. En el tempestuoso mundo musical ya hay también grupos que han comenzado a flirtear con la idea del copyleft. Cuelgan su música en Internet y la distribuyen, ya sea de forma gratuita o previo pago, y una vez en manos de los usuarios estos pueden copiarla y distribuirla libremente, en redes de intercambio por ejemplo.

El cuarteto funky de La Mundial.net, afincados en Barcelona, se han apuntado al copyleft. Han colgado su música en Internet y permiten que cualquiera la copie y distribuya libremente, e incluso que hagan nuevas versiones de sus temas. A su rebufo se han puesto una docena de grupos que siguen su ejemplo. Ani, alma mater del grupo, justifica su opción: “si nuestra música es de libre descarga, copia y distribución más gente nos conocerá, que es lo que pretende cualquier banda”. Hay una limitación, la música de La Mundial.net puede usarse siempre que sea sin fines comerciales, “si alguien se va a lucrar económicamente con nuestro trabajo entonces debe retribuirnos”, apostilla

Hay diferencias en la forma como las diversas iniciativas plantean el uso de las obras. En algunos casos se permite modificarlas, y hacer, por ejemplo, nuevas versiones de canciones, en otras se prohíbe hacer uso comercial de las obras o transformarlas, como hacer una traducción.

En este punto es donde Marta Malmierca, de CEDRO, lanza su crítica: “hacen uso de una ley y se acogen a ella para autorizar unas cosas y prohibir otras”, señala Malmierca, “¿por qué unas cosas sí y otras no?, ¿por qué autorizan por ejemplo que las obras se copien e impiden que se modifiquen?”.

El colectivo Wu Ming razonan sobre esto en uno de sus escritos y trazan una línea clara entre el uso comercial y el derecho a copiar de los ciudadanos que defienden. “No podemos consentir que los grandes tiburones de la industria cinematográfica o televisiva sean parásitos de nuestro esfuerzo y -sin pagar un céntimo- hagan una película a partir del argumento que hemos elaborado, ganen millones y refuercen su posición de predominio”.

Lo cierto es que el movimiento del copyleft, que nació a finales de los ochenta entre programadores informáticos del movimiento de software libre, creador del sistema operativo Linux, ha desbordado ampliamente estos márgenes y se ha extendido a todos los ámbitos de la cultura. conquistado el corazón de algunas grandes instituciones como el prestigioso Massachuset Institute of Technology (MIT), el cual se han embarcado en una iniciativa, el Open CourseWare, hasta ahora con más intención que resultados, que trata de poner a libre disposición buena parte del material docente de sus cursos. En España, la Universitat de Barcelona está apostando por una idea similar, mientras que la televisión pública británica, la BBC, ha anunciado recientemente que pondrá su archivo a disposición del público dando todo tipo de facilidades para que se pueda usar su material. Al carro del copyleft se han subido la editorial estadounidense O’Reilly, un pequeño sello discográfico en Internet llamado Magnatune, etc. Optimista, Ani, de La Mundia.net, hace su predicción para el futuro: “el copyleft pone las cosas en su justo sitio, así que tarde o temprano será una realidad”.

Creative Commons, una referencia global

Creative Commons es una de las organización sin ánimo de lucro que se está convirtiendo en referencia para el movimiento del copyleft a nivel mundial. Fundada en el año 2001 por el profesor de derecho de Stanford Lawrence Lessig la organización ha desarrollado una serie de licencias que dan cobertura legal a cualquier autor que quiera publicar sus obras dando derecho a la copia y la distribución. Poco a poco la organización ha ido ampliando su radio de acción a otros países que han comenzado a usar sus licencias. Ignasi Labastida, de la Universitat de Barcelona, se encarga de la adaptación de las licencias Creative Commons al ámbito español. Su universidad ha lanzado una iniciativa con la que anima a los profesores a publicar sus textos docentes dando libertad para que se copien. La acogida ha sido buena, “el uso de la licencia es una manera de conseguir más difusión”, explica Labastida.

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